top of page

Legislación Ambiental en México

Actualizado: 2 abr 2020

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental

(LGEEPA)


México cuenta con diferentes instrumentos legales para regular la materia ambiental, el día de hoy hablaremos de la Ley Federal de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental.


Diseña con facilidad

Su antecedente más cercano es la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación de 1971.

En el año de 1988 durante el mandato del Licenciado Miguel De la Madrid Hurtado, se decreta la primera ley marco con pretensiones de ordenar el ambiente - En el año 1996 sufre una trascendental reforma.


Las reformas, adiciones y derogaciones que se hicieron fueron producto de las consideraciones, recomendaciones e inquietudes que fueron propuestas por los diversos sectores de la sociedad durante la Consulta Nacional sobre Legislación Ambiental, convocada en el año de 1995 por la comisión de ecología y medio ambiente de las cámaras de diputados y senadores. - En términos generales esta modificación tuvo como propósito:


  1. Establecer la descentralización ordenada, efectiva y gradual de la administración, ejecución y vigilancia ambiental a favor de las autoridades locales.

  2. Ampliar los márgenes de participación ciudadana en la gestión ambiental, a través de mecanismos como la denuncia popular, el acceso a la información ambiental y la posibilidad de impugnar por medio jurídicos los  actos que dañen el ambiente en contravención de la normatividad vigente.

  3. Reducir los márgenes de discrecionalidad de la autoridad, a fin de ampliar la seguridad jurídica de la ciudadanía en materia ambiental.

  4. Incorporar instrumentos económicos de gestión ambiental, al igual que figuras jurídicas de cumplimiento voluntario de la ley, como las auditorías ambientales.

  5. Asegurar la congruencia de la LGEEPA con las leyes sobre normalización, procedimientos administrativos y organización de la administración pública federal.

Esta ley es de orden público e interés social y tiene por objeto propiciar el desarrollo sustentable y además:


I.- Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar

 II.- Definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación

III.- La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente

IV.- La preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas

V.- El aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas

VI.- La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo

VII.- Garantizar la participación corresponsable de las personas, en forma individual o colectiva, en la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente

VIII.- El ejercicio de las atribuciones que en materia ambiental corresponde a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX - G de la Constitución

IX.- El establecimiento de los mecanismos de coordinación, inducción y concertación entre autoridades, entre éstas y los sectores social y privado, así como con personas y grupos sociales, en materia ambiental

X.- El establecimiento de medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta Ley y de las disposiciones que de ella se deriven, así como para la imposición de las sanciones administrativas y penales que correspondan.


La LGEEPA, cuenta con seis títulos y sus respectivos capítulos así como con cuatro reglamentos. El título primero se refiere a las disposiciones generales, el título segundo a la biodiversidad, el título tercero al aprovechamiento sustentable de los elementos naturales, el título cuarto a la protección del ambiente, el título quinto a la participación social e información ambiental y por último el título sexto habla sobre medidas de control, de seguridad y sanciones; los reglamentos con los que cuenta  son:


  • En Materia de Impacto Ambiental

  • En Materia de Residuos Peligrosos

  • En Materia de Evaluación del Impacto Ambiental

  • En Materia de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica


Como podemos ver la LGEEPA es un instrumento muy complejo el cual desglosaremos en próximos artículos.

39 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page